Semanario de Información y Análisis Politico No.585

Mérida, Yuc., México Enero 5 de 2000
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ANALISIS
EDITORIAL
CONTACTO CON LA POLÍTICA NACIONAL
DESDE PALACIO
TUNKUL
LA CAMINERA
COSAS DE LA CIUDAD
DESDE MI HAMACA
CRÓNICAS DE MI CIUDAD
INFORMACIÓN
¿QUÉ SON DIEZ AÑOS?
AMENAZA PANISTA: DENUNCIARÁN PENALMENTE A CERVERA
LOS PLAZOS VENCIDOS
GOLPISMO
YUCATÁN Y SUS ASUNTOS PARA LA HISTORIA
LLAMADO A EXIGIR POR SUS DERECHOS
EL AÑO QUE INICIA
DE TODO UN POCO
OPINIÓN
¿HASTA CUÁNDO REACCIONARÁ LA SOCIEDAD CIVIL?
Félix A. Rubio Villanueva
CULTURA URBANA
Blanca Estrada Mora
DOS ALMAS GEMELAS: CERVERA Y MADRAZO
Filiberto Pinelo Sansores
RECUENTO DE LOS DAÑOS
Juan Carlos Faller
EL SIDA, VERGÜENZA SOCIAL Y FRENO A CONDUCTAS SEXUALES
Germán Sosa Monsreal
CONTRA LAS VIEJAS COSTUMBRES
Miguel A. Gamboa García
EL MEOLLO DEL ASUNTO
Róger Aguilar Salazar
CANDIDATOS, CANDIDATITOS Y CANDIDATOTES
Freddy Heredia Durán
POLÍTICA PENINSULAR
ESTADO DE CAMPECHE
ESTADO DE QUINTANA ROO
MUNICIPIO DE SOLIDARIDAD
MUNICIPIO DE BENITO JUAREZ
CULTURAL
UN YUCATECO EN LA MARINA DE EEUU
JUAN MAGAÑA Y ALONZO, EN EL MUSEO DE LA CANCIÓN
UN HIMNO SOBRE LA VIDA PLENA EN LO SENCILLO
CINET

PORTADA

CARTON DE CALDERÓN

CARTON DE ESCAMILLA

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Los plazos vencidos
¿Qué ya debería haber hecho el Consejo Estatal Electoral?

El Registro de Partidos Políticos ante el Instituto Electoral del Estado, que debió ocurrir del 1 al 30 de septiembre de 2000 de acuerdo con el artículo 29 del Código Electoral del Estado de Yucatán (CEE), forzosamente deberá volver a realizarse al invalidar el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Trife) al Consejo Electoral integrado por el Congreso.

Sin embargo, una serie de actividades que ya se realizaron se encuentran en el mismo caso al conformarse un nuevo Consejo en la Ciudad de México por orden del Trife, debido al desacato que insiste en mantener la fracción priísta en el Congreso Local, como por ejemplo la designación de los consejeros del Poder Legislativo, que debió ocurrir a más tardar el 30 de septiembre pasado (Artículo 87) y que no se sabe si deberá volver a realizarse.

Según la ley, la instalación y primera sesión del CEE debió ocurrir entre el 1 y el 5 de octubre de 2000 (Art. 92), así como la designación de magistrados del Tribunal Electoral del Estado a más tardar el 15 de octubre del 2000 (Art. 280), que ya se dio.

También ya se publicó en el Diario Oficial del Estado el registro de los partidos políticos, que tenía un plazo legal del 1 al 15 de octubre de 2000 (Art. 30).

Asimismo, a más tardar el día 30 del mes de octubre debió darse la integración de los Consejos Distritales (Art. 86) y la designación de sus miembros prevista a más tardar el 30 de noviembre de 2000 (Art. 107).

Desde el 15 del mismo mes debió ocurrir la instalación e inicio de sesiones en los Consejos Distritales, según mandato del Artículo 109. A su vez, la propuesta de los consejeros municipales debió suceder a más tardar el día 30 de octubre (según el Artículo 86) y su designación a más tardar al día siguiente (Art. 107 y 116). La instalación e inicio de sesiones en los Consejos Municipales debió darse a más tardar el 15 de noviembre de 2000 (Art. 118).

¿Campaña perdida?

En otro aspecto no menos importante, se requiere que el Instituto Federal Electoral (IFE) coadyuve en la campaña intensiva de actualización del catálogo general de electores y del padrón del ramo. El plazo se abrió el 1 de noviembre de 2000 y vence el 15 de enero de 2001 (Art. 151).

Un trámite que podría darse más adelante es el registro de representantes de partidos políticos ante los Consejos de que se trate, que está previsto dentro de los 30 días a partir de la fecha de la sesión de instalación del Consejo de que se trate (Art. 132).

Asimismo, en la primera quincena del mes pasado se debió recabar, de la Junta Local Ejecutiva, la Cartografía Electoral clasificada por Distritos Electorales Estatales, Municipios y Secciones, y no se ha hecho (Art. 150).

En el caso del mes de enero, se espera que a más tardar el día 15 del presente se envíe a los Consejos Municipales la Cartografía Electoral, Listas Nominales y el Proyecto de Ubicación de Casillas en el Distrito correspondiente (Art. 178).

Asimismo, los ciudadanos tienen de plazo hasta la misma fecha para solicitar su inscripción al Padrón Electoral (Art. 152).

En el caso de los partidos, del 21 al 31 de enero pueden registrar sus plataformas (Art. 160).

A más tardar el 31 de enero se debe integrar la lista de los ciudadanos para la insaculación e integración de las mesas directivas de casilla (Art. 154).

En la segunda quincena al 31 de enero, se debe realizar la designación de los funcionarios de casilla mediante sorteo (Art. 179). (Mérida, Yucatán, Méx., enero de 2001)

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