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Mérida, Yucatán, México

Edición del viernes 9 de Febrero de 2001

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Semanario de Información y Análisis Político

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Si hay algo contra Cervera, actuaremos en su contra: PGR
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La encuesta del PRI, ¿tendenciosa?
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El I.S.S.S.T.E. se rinde ante el tiempo y la corrupción
Felix Rubio V.
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Mun. Benito Juárez
Mun. Solidaridad

CULTURA

ciNET

Ariel Ruiz Mondragón
Vigilar es democratizar

UNA DE MARCOS

¿PORQUE USA PASAMONTAÑAS MARCOS?
Tiene miedo a que lo maten
Tiene una cicatriz horrible en la cara
Tiene miedo a que lo reconozca su esposa
Tiene miedo a que lo reconozcan los acreedores
Tiene frío en la cabeza
Porque es un payaso
Por que el pasamontañas es un emblema
No se...


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LAS RAZONES DEL TEPJF

El Tribunal señala que "a petición de Ariel Avilés Marín y Hernán Jesús Vega Burgos, Presidente y Secretario Técnico, respectivamente, del Consejo Electoral insaculado por el Tribunal Electoral, así como atendiendo a las pruebas que obran en el expediente, ante la persistente actitud de incumplimiento por parte del Congreso del Estado de Yucatán y de las personas que ilegalmente se ostentan como Consejeros Ciudadanos del Consejo Electoral de la citada entidad federativa, a lo ordenado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la sentencia del quince de noviembre del año dos mil, relativa a la integración del citado órgano electoral, la Sala Superior dictó el día de ayer acuerdo tendiente a hacer cumplir su resolución jurisdiccional y conservar la dignidad del Poder de la Unión, en el que se determinó:

1.— Notificar personalmente a los CC. Roger Alberto Medina Chacón, Héctor Humberto Herrera Heredia, Brígida del Pilar Medina Klaussell, Alfredo Jesús Cámara Zi, José Manuel Alvarez Araujo y Luis Humberto Baeza Burgos, quienes ilegalmente se ostentan como integrantes del Consejo Electoral del Estado de Yucatán, para que entreguen las instalaciones, equipos, recursos materiales y económicos que corresponden al Consejo Electoral y al Instituto Electoral del Estado de Yucatán, a los ciudadanos integrantes del Consejo Electoral insaculado por el Tribunal Electoral, en un término de veinticuatro horas.

2.— Al Gobernador del Estado de Yucatán, requerirle provea lo necesario a fin de que se otorguen todas las garantías a los Consejeros Ciudadanos del Consejo Electoral del Estado insaculados judicialmente y puedan entrar en posesión de todos los bienes pertenecientes a dicho órgano electoral y les haga entrega de los recursos económicos aprobados para su funcionamiento.

3.— A la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, solicitarle informe a las Instituciones de Crédito que operan en el Estado de Yucatán, en las que tenga cuentas bancarias el Consejo Electoral o el Instituto Electoral de esa entidad, el nombre de los ciudadanos insaculados por la resolución judicial del Tribunal Electoral, quienes son los únicos que válida, legítima y jurídicamente integran dicho órgano.

4.— A la Secretaría de Seguridad Pública, requerirle que colabore en la protección de la integridad física de los Consejeros Ciudadanos insaculados por el Tribunal Electoral y la preservación de las instalaciones en que dicho órgano electoral se encuentra desarrollando sus funciones actualmente.

5.— A la Secretaría de Gobernación, hacerle del conocimiento el contenido del acuerdo y de la sentencia, para que actúe dentro del ámbito de sus atribuciones de coordinación entre el Poder Ejecutivo y los demás Poderes de la Unión.

6.— A la Procuraduría General de la República, darle vista de las acciones y omisiones en que han incurrido las instituciones y personas obligadas al cumplimiento de la resolución judicial, para el efecto de que integre la averiguación previa a que haya lugar y, en su caso, atraiga las indagatorias que haya iniciado la Procuraduría General de Justicia del Estado de Yucatán, relacionadas con el caso.

7.— El Acuerdo se publicará en el Diario Oficial de la Federación, para su eficacia y publicidad. (Texto recibido vía fax por el Tribunal Federal Electoral)

 

 

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