El artículo
4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que:
"Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley
establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo".
Para los habitantes de las zonas populares
y marginadas de las ciudades y de las áreas rurales, lo arriba trascrito, más que un
derecho parece una burla. Periódicamente se hacen anuncios oficiales y se promete acabar
con el rezago de vivienda que existe en nuestro país; se ponen en marcha programas de
desregulación y se amplía la cobertura para la construcción de casas de "interés
social", que se convierten en casas de "interés eterno" por el número de
años en que se fijan los plazos para su pago, la cantidad irrisoria de cada mensualidad
que se abona al capital, y por supuesto los elevadísimos intereses que se pagan por el
financiamiento. Además, un alto porcentaje de nuestra población no puede acceder a
ninguna de estas ofertas, pues para comenzar, el primer requisito que debe cumplir el
aspirante a obtener una vivienda de este tipo, es tener un ingreso mensual no inferior a
tres o cuatro veces el salario mínimo para los fraccionamientos "populares" que
financia la banca privada y de 2.5 salarios para las que promueven los programas de
Gobierno.
Ante este panorama, ¿Qué sucede con los
millones de mexicanos que devengan menos de dos y medio salarios al mes? ¿Y los
jornaleros y subempleados?. Es imprescindible que los diferentes órdenes de gobierno
implementen programas de vivienda destinados realmente a satisfacer las necesidades de las
familias de escasos recursos económicos, con bajas tasas de interés y adecuados plazos
de pago, pues de lo contrario la vivienda digna y decorosa para todos, continuará siendo
solamente una quimera para los pobres y nada más.
Por otra parte, la demanda de verdaderos
programas para mejoramiento de vivienda, cada día es mayor y más sentida, pues en las
periferias de las ciudades, el raquítico ingreso familiar impide que se destine una parte
de él para mejorar las condiciones de los hogares; el parque habitacional de los pobres,
cada día se deteriora más, y las esperanzas de solucionar ese problema, cada día
disminuyen. El argumento de que el gobierno no puede llevar a cabo estas acciones por
falta de financiamiento, porque la Banca privada se niega a otorgar créditos para este
tipo de programas sociales porque no le "resulta" el manejo de cuentas tan
pequeñas, constituye, en el inicio de este tercer milenio, una más de las agresiones a
los que menos tienen. Los programas de mejoramiento de vivienda, son una necesidad urgente
para un vasto sector de nuestra población; hay que tener presente que el desarrollo
urbano sustentable tiene que partir de la solución al rezago de viviendas, y que
necesariamente estas acciones tienen que llevarse a cabo en las zonas marginadas urbanas y
rurales.
Los países que logran implementar
programas de vivienda viables y adecuados, alcanzan con mayor facilidad un crecimiento
económico general que se refleja en un desarrollo productivo ágil y sostenido,
situación entendible para empezar, porque si el pueblo trabajador tiene donde descansar
cómodamente, más le rinde a quienes compran su fuerza de trabajo.
Por lo anterior, es necesario e
impostergable reorientar los programas de vivienda popular, para convertirlos en
verdaderas herramientas de desarrollo que cumplan con el objetivo de ser accesibles a la
población de escasos recursos económicos; para lograrlo, deben elevarse a rango de Ley,
ordenamientos que señalen la obligación de la Banca pública y privada a destinar un
porcentaje de sus financiamientos a la construcción y mejoramiento de vivienda popular,
así como etiquetar partidas del gasto social de los tres órdenes de gobierno para el
mismo fin.
Solamente coordinando esfuerzos,
estrategias, recursos y participación de los sectores público, privado y social, podrán
formularse llevar a cabo programas de vivienda popular que permitan a la población
marginada elevar su calidad de vida, y a los gobernantes cumplir a cabalidad los preceptos
Constitucionales. (B.E.M.,Mérida, Yucatán, febrero de 2001)
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